Homologación, ahora/ ¡Homologación, amautakunapi!


En la movilización del jueves 12/11, docentes universitarios protestamos para exigir nuestro derecho. En esa fecha la movilización estuvo precedida por la cadena de 31 razones, que aquí lo reproduzco, y por la representación de indígena, que hizo el amauta Gerson Paredes, hizo el pago a la tierra y demando "Homologación amautakunapi". Reproduzco aquí la nota preparada por Otra mirada,Informe N°132, 16/11/2009 (Dr. Gonzalo Espino Relucé, profesor principal de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos).
Las 31 razones de los docentes
Los docentes universitarios de las universidades públicas siguen en huelga exigiendo una homologación de sueldos con los del Poder Judicial, que el Estado Peruano les debe desde hace 26 años. No se trata pues, de ningún aumento de sueldo ni de un capricho antojadizo por parte de los docentes, sino de la indignación legítima ante el incumplimiento de una ley que hace 26 años es pasada por alto. El tema, sin embargo, sigue pasando por agua tibia y no ha tenido la presencia mediática que merece. Todo esto indica que, desde el Poder Ejecutivo, no quieren que llegue el tercer tramo de homologación, lo cual evidencia que para el Presidente García la Educación no es prioridad. ¿Cuál es el argumento para no homologar los sueldos de los docentes? El Ministro de Economía afirma que no hay dinero para esta homologación, pese a que publicita el crecimiento económico sostenido y estable en el Perú. ¿Falta dinero o voluntad? A continuación la lista de los 31 dispositivos legales que conforman el paquete de medidas que evidencia la legalidad de la petición de los maestros:
1. Ley No 23733, Ley Universitaria (Dic 1983) Artículo 44º.
2. Ley No 28427, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2005 (Dic. 2004) Décima disposición final.
3. Decreto Supremo No 106-EF (27 de agosto del 2005).
4. Ley No 28603 (10 de setiembre del 2005).
5. Decreto Supremo No 121-2006-EF (15 de setiembre del 2005).
6. Resolución Ministerial No 501-2005-EF (06 de octubre del 2005).
7. Decreto Supremo no 133-2005-EF (08 de octubre del 2005).
8. Ley No 28637.
9. Decreto de Urgencia 033-2005 (22 de diciembre del 2005) Aprobación del Marco del Programa de Homologación de los Docentes de las Universidades Públicas.
10. Decreto de Urgencia No 002-2006 (21 de enero del 2006) Autoriza partida para financiar el Programa de Homologación y establece disposiciones para la aplicación del DU 033-2005.
11. Decreto Supremo No 019-2006-EF.
12. Ley No 28750 (3 de junio del 2006).
13. Decreto Supremo No 089-2006-EF.
14. Ley No 28927.
15. Ley No 28929. Ley que en su décima disposición final faculta al MEF a completar el 35% de la homologación de docentes universitarios de las universidades públicas, en el año 2007.
16. Decreto de Urgencia No 038-2006 (Dic 30 del 2006).
17. Informe No 077-2007-EF/76.14 (marzo, 21 del 2007, enviado a la FENDUP el 19 de abril del 2007).
18. Ley No 29035 (Domino 10 de junio del 2007).
19. Decreto supremo No 087-2007-EF (viernes 06 de julio 2007).20. Ley No 29070 (Domingo 22 de julio 2007).
21. Decreto supremo No 112-2007-EF (domingo 3 de agosto 2007).
22. Ley No 29137 (martes 27 de noviembre del 2007). Ley que aprueba los términos de continuación del Programa de Homologación de los docentes de las universidades públicas.
23. Proyecto de Ley No 1975 (Aprobado por Comisión Permanente del Congreso de la República miércoles 19 de diciembre de 2007).
24. Proyecto de Ley No 1975 (Observado y remitido al Congreso de la República el 29 de diciembre del 2007 firman el Presidente Alan García y Ministro Jorge del Castillo).
25. La Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura, Patrimonio Cultural y Deporte aprobó por unanimidad la INSISTENCIA de la Autógrafa de Ley, en su sesión Extraordinaria del 09 del presente.
26. Ley No 29223 (martes 6 de mayo 2008).
27. Sentencia del Tribunal Constitucional (15 de octubre 2008) Declara FUNDADA en parte la demanda de inconstitucionalidad.
28. Sentencia del 1er juzgado Civil, ante la demanda de Acción de Cumplimiento interpuesta por la FENDUP (29 de diciembre 2008).
29. Sentencia del 1er Juzgado Civil, ante Medida Cautelar presentada por la FENDUP (20 de enero de 2009).
30. Ley del Presupuesto de la República 2009 (28 de noviembre de 2008) Disposición final sexagésimo primera, en la que se dispone cumplir con el pago de la homologación de los docentes universitarios tal como lo dispone el Tribunal Constitucional.
31. Demanda Constitucional (Presentada al congreso el 14 de mayo de 2009).
Con estas 31 razones, entre ellas una sentencia del Tribunal Constitucional, queda evidenciado que los docentes merecen ser escuchados. ¿Lo hará este gobierno?
Portal recomendado: www.otramirada.pe
Foto: La República.

1 comentario:

Sonia Luz Carrillo dijo...

Sobre el tema
http://hablasonialuz.wordpress.com/2009/11/10/la-universidad-nacional-mayor-de-san-marcos-y-la-homologacion-de-los-haberes/